¿Contribuyentes fallecidos?
Los herederos del fallecido tendrán que presentar su declaración del IRPF en modalidad individual siendo el plazo de presentación el estipulado para el resto de los contribuyentes. Si la declaración resulta a devolver, para tramitar la devolución se tendrá que aportar la siguiente documentación: Para importes inferiores o iguales a 2.000 €: Certificado de defunción. [...]

