A partir del 15 de junio es posible realizar el envío de la autorización de simplificación en materia de facturación o de sistemas de registro autorizados.

El sujeto pasivo autorizado, antes del primer envío del registro de facturación correspondiente a alguna de estas autorizaciones, deberá remitir copia de la autorización en el apartado previsto para aportarla a través de cualquiera de las siguientes vías:

El número de registro (“RGExxxxxxxxxxxx”) obtenido en el envío de la autorización deberá suministrarse en los registros de facturación que se correspondan con la misma en el campo “número registro autorización”.

 Envíos antes del 1 de julio en el entorno real:

Excepcionalmente y con objeto de que se puedan realizar pruebas de conexión en el entorno de producción, entre el 19 de junio de 2017 y el 29 de junio de 2017 se podrán realizar envíos en el entorno real, pero sin consecuencia tributaria.

Todas las facturas recibidas en ese periodo serán borradas físicamente del entorno de producción el día 30 de junio de 2017, que a tales efectos permanecerá cerrado ese día.

Todos los envíos de facturas realizados en el entorno de producción, incluidos los enviados entre el 19 y 29 de junio, deberán llevar la versión 1.0 en los ficheros XML de los distintos libros.

Podéis consultar el documento “Información sobre Fase de Pruebas del SII” para aclarar algunas cuestiones y para más información técnica podéis consultar aquí vuestras dudas.

  Recordad que podéis poneros en contacto con nosotros a través de info@jptax.es