Si va a hacer reformas en su vivienda, recuerde que puede pedir al contratista que le cobre el 10% de IVA en lugar del 21%.

Para poder aplicar el tipo reducido en las obras de reparación y renovación se deben cumplir los siguientes puntos:

  • Destinatarios: comunidades de propietarios o personas físicas, que usen la vivienda a reformar para su uso particular.
  • Inmueble: que la construcción o rehabilitación de la vivienda o edificio a los que se refieren las obras hayan concluido al menos 2 años antes del inicio de las obras con derecho al tipo de IVA reducido.
  • Materiales: que la persona que realice las obras no aporte materiales para su ejecución o, en el caso de que los aporte, su coste no exceda del 40% de la base imponible de la operación.

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